RADIOS COMPAÑERAS

miércoles, 30 de noviembre de 2011

Santiagueños por todos


Régimen reparatorio para ex detenidos políticos de Argentina
En vigencia solamente en la provincia de Buenos Aires, dejando a los demás ex PP en un virtual estado de discriminación y desigualdad ante la ley
Situación actual de los Ex Presos Políticos
Esta situación, emergente de la historia de nuestro País en el periodo de la Dictadura Militar y el Terrorismo de Estado, ubica a los ex detenidos políticos de todo el País sin discriminación de fronteras provinciales como víctimas de un mismo régimen, de un mismo accionar, esto es la represión del Terrorismo de Estado bajo la concepción de la Doctrina de seguridad Nacional, y para más, concentrados en la inmensa mayoría de los casos en cárceles provinciales y federales de la provincia de Buenos Aires y de otras provincias como, por ejemplo, La Plata, Sierra Chica, Magdalena, Devoto, Caseros, y Rawson, entre otras, padeciendo el mismo efecto de la represión ilegal enmarcadas dentro del concepto de “Crímenes de Lesa Humanidad”, en medio de una permanente situación de torturas físicas y psíquicas, descriptas entre otros trabajos en el libro del compañero Samojedny, presentado en el Centro Cultural de la Cooperación en Buenos Aires el día 5 de septiembre del corriente año.
La presencia entonces del principio de igualdad, ajustado a derecho, considera por demás injusto todo funcionamiento legal de carácter estamental ya que si así fuese consagraría prerrogativas de unos con preeminencia sobre el olvido de otros, generando de por si discriminación y exclusión del derecho. No obstante, la clásica enunciación ideológica de igualdad ante la ley constituiría una formalidad si no se actuara en la acción reparadora de la equiparación ante un derecho por el mismo daño cuestión de la que el Estado es responsable en su ineludible deber de garantizar el equilibrio en los derechos coexistenciales, más aún teniendo en cuenta, que en este caso, esos derechos han sido vulnerados por la acción sistemática del Terrorismo de Estado. En consecuencia, al concepto constitucional de igualdad ante la Ley es necesario verificarlo con la igualdad real para que la justa equiparación del derecho en la vida social e institucional no deriven en abstracto generando la postergación que entraña la exclusión, menos aun en asuntos vinculados a la reparación de las víctimas por violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos. Por lo tanto, la igualdad ante el derecho consiste en la práctica en un ordenamiento de las personas que se encuentran en un mismo estado y situación, en un nivel de idéntica paridad.
Todos los ex PP de la Argentina merecemos un trato igual en función de los hechos, situaciones y relaciones homólogas vividas, como los compañeros ex – presos de la provincia de Buenos Aires. La sola percepción del beneficio de Pensión Graciable en la provincia aludida desde hace más de un año que, reiteramos, celebramos por su justa razón fundante, acredita por su propio peso un trato desigual ante situaciones idénticas por la aprobación de un régimen legal que en este caso los favorece. Concebirlo de otro modo sería incurrir en una discriminación de la que procedería una consecuencia jurídica de exclusión que ya, por estos días, está menoscabando el pleno goce de un derecho común.
Una carta…
Destinataria: Dra. Cristina Fernández de Kirchner
Santiago del Estero, 27 de octubre del 2011
Señora Presidenta de la Nación Argentina
Dra. Cristina Fernández de Kirchner
S…………………../……………………D
La presente es para solicitarle tenga a bien considerar una intervención suya ante el ya muy demorado tratamiento, por parte de la Legislatura, del Proyecto de Ley sobre “RÉGIMEN REPARATORIO PARA EX DETENIDOS POLÍTICOS DE ARGENTINA, VICTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO ENTRE 1955/1983” que fuera presentado en marzo del 2010, y que se encuentra sin aprobación hasta el presente en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Si bien el mismo ya cuenta con la aprobación de la Comisión de DDHH de la Cámara Baja, dicho Proyecto en la actualidad está para Resolución de la Comisión de Previsión, con un retraso importante en el avance de la tramitación legislativa.
Como es sabido, gracias al impulso concreto y personal del Compañero Néstor Kirchner, tal como lo manifiesta el Diputado Provincial Alfredo Antonuccio, que la impulsó, está vigente desde marzo de 2010 una Ley Reparatoria de Pensión Graciable para los ex Presos Políticos de la Provincia de Buenos Aires, Ley Provincial Nº 14.042, que beneficia exclusivamente a los compañeros ciudadanos, militantes populares, que fueron detenidos durante el periodo de la última Dictadura Militar cuyo lugar de residencia al momento de la detención era la Pcia. de Buenos Aires. De la misma manera se han presentado Proyectos similares en las provincias de Santa Fe y Mendoza con el respectivo aval de las Secretarías de DDHH locales, actualmente prontas a ser aprobadas.
Esta iniciativa, por cierto celebrada por esta Asociación Nacional y por el conjunto de los Ex PP argentinos, deja no obstante a las demás víctimas del Terrorismo de Estado, Ex-PP del País, en una situación de discriminación y de desigualdad de Derechos.
Por el Artículo 75, inciso 22 de nuestra Constitución Nacional, la vigencia de los tratados, convenciones y Pactos sobre Derechos Humanos, se consagra El Derecho a la Igualdad ante la Ley (Artículo 25, entre otros) de la Convención Americana de los derechos del Hombre (16 de la Constitución Nacional). Norma que implica la no discriminación, e igual protección de la Ley para todos los habitantes de la Nación.
Al respecto decimos que no se trata de considerar de que este Derecho, el de la igualdad, tenga que ver a ser igual que los demás sino por sobre todas las cosas a ser tratado igual a los demás en todas y cada una de las relaciones jurídicas que se conciben y ejecutan, en las que está implícita la relación de los sujetos afectados y los poderes públicos. La igualdad por lo tanto es un principio legal de éste y otros Tratados de DDHH con rango Constitucional que ubican a las personas en situaciones idénticas, esto es, el Derecho a ser tratado con las mismas condiciones que sus semejantes que se encuentren en las mismas situaciones.
Debido a ello, es que apelamos a la ya mundialmente reconocida lucidez y calidad de Estadista de Usted, nuestra presidenta constitucional, con la esperanza de desbloquear esta medida que consideramos de estricta Justicia.
Dios salve a Usted, señora Presidenta.
Asociación de Ex Presos Políticos
y Sobrevivientes del Terrorismo de Estado
Santiago del Estero - Argentina