El
Ministerio Público pidió penas a la patota que operaba en Reconquista
Un juicio emblemático a represores
Es
el primero en la provincia que destapa la violencia sexual como uno de los
mecanismos del terrorismo de estado para quebrar voluntades. "Las
violaciones perseguían el objetivo de anular la personalidad" de las
víctimas, señalaron los fiscales.
El
fiscal Martín Suárez Faisal, junto a Roberto Salum, imputaron a los siete
represores.
El
juicio al grupo de tareas que operó en la III Brigada Aérea de Reconquista ya
es emblemático: el primero en la provincia que destapa la violencia sexual como
uno de los mecanismos del terrorismo de estado para quebrar voluntades. Y ayer,
el alegato del Ministerio Público lo ratificó. Los fiscales Martín Suárez
Faisal y Roberto Salum imputaron a los siete represores del banquillo por
"privación ilegítima de la libertad" y "tormentos
agravados" a 39 víctimas -según los casos, pero a cinco de ellos: el jefe
de la patota, Danilo Sambuelli y cuatro policías: Carlos Nickisch, Arnaldo
Neumann, Rubén Molina y Horacio Machuca, los acusaron también por
"violaciones reiteradas y agravadas" a una niña de 16 años y a su
hermana de 23. Y pidieron las penas consiguientes: 25 años de prisión para
Sambuelli, 20 para Nickisch, 15 para Neumann y 12 para Molina y Machuca, todas
de cumplimiento efectivo. "La violencia sexual era parte del plan
sistemático de la represión. Los cuerpos de las mujeres afectadas se
transformaban en campos de batalla, en el que los varones imponen de manera
cruel el poder y la dominación que culturalmente ejercen sobre las
mujeres", dijo uno de los fiscales al citar un fallo del Tribunal Oral de
Santa Fe en 2010, el mismo que juzga ahora a los represores de Reconquista, y
que fue el primero en el país que consideró la violación en centros
clandestinos como una de las formas de la tortura.
El
lunes, los abogados querellantes Lucila Puyol e Iván Bordón habían pedido
condenas de 20 a 11 años de prisión. Ayer, los fiscales Suárez Faisal y Salum
solicitaron el máximo de la escala penal para Sambuelli, el jefe del grupo de
tareas: 25 años de prisión. Y 20 años de cárcel para sus dos laderos: el
comisario Nickisch (ex jefe del Departamento Informaciones) y Jorge Alberto
Benítez (ex interventor militar en la Unidad Regional IX). El resto va en
descenso: Neumann (15 años), Molina y Machuca (12 años) y Eduardo Luque (8
años).
Pero
el fiscal acusó también a "Sambuelli, Nickisch, Neumann, Molina y Machuca
por el delito de violaciones reiteradas y agravadas" a dos hermanas,
Griselda y Luisa Pratto. Griselda era una niña de 16 años cuando la
secuestraron el 5 de febrero de 1977 en la III Brigada Aérea, hasta el 26 de
marzo: 49 días de martirio y esclavitud sexual, en los que cumplió los 17.
Luisa tenía 23, dos pequeños hijos y un embarazo de siete meses. Suárez Faisal
imputó a Sambuelli, Nickisch y Neumann por la violación de Griselda y a
Nickisch, Neumann, Molina y Machuca por la violación de Luisa.
"La
violencia sexual fue el medio que utilizaron los represores para torcer la
voluntad" de las hermanas Pratto, relató el fiscal. La familia ya había
sido secuestrada: el compañero de Luisa, Rubén Maulín, su suegra y tres
hermanos. Luisa quedó a cargo de sus chiquitos -el mayor de dos años y medio y
una beba de un año, más el embarazo de siete meses. Griselda había ido a
Reconquista para ayudarla. "Ninguna de las dos estaba en condiciones
físicas ni morales para oponerse a los represores, que las violaron siempre en
conjunto, en una patota que operaba en los procedimientos ilegales",
agregó.
"Los
relatos de Luisa y Griselda Pratto demuestran la inescindible relación entre
las violaciones, las torturas y el objetivo perseguido, que era la anulación de
la personalidad, la obtención de una declaración autoincriminatoria o datos
sobre el paradero de otras personas que habían etiquetado como
'subversivos'", explicó el fiscal. Y mencionó los relatos de Maulín y de
uno de los hermanos Pratto, Juan Carlos. Otro testigo, Alberto Prez, que estaba
alojado en calabozo de la III Brigada Aérea, vio por una rendija "a una
chica desnuda y rodeada por represores, y que tiempo después la volvió a ver
completamente ensangrentada y escuchó sus llantos y quejidos toda la
noche". "No tenemos dudas de que esa adolescente era Griselda
Pratto", reveló el fiscal Salum.
Salum
citó también una "investigación sobre la violencia sexual en el marco del
terrorismo de estado", que se publicó en Rosario ("Grietas en el
silencio") y el fallo del Tribunal Oral de Santa Fe que condenó al ex
agente secreto del Ejército, Horacio Américo Barcos, el 12 de abril de 2010.
"Los abusos sexuales y la violación sufridos por la víctima durante su
cautiverio constituyen crímenes contra la humanidad", dijo. "Los
cuerpos de las mujeres afectadas se transforman en campos de batalla, en los
que los varones imponen de manera cruel el poder y la dominación que
culturalmente ejercen sobre las mujeres". En el juicio, Griselda dijo que
Sambuelli le decía que él "tenía el poder", que podía hacer con ella
lo que quisiera.
El
fiscal Salum aportó otro argumento más, que las violaciones a las víctimas del
terrorismo de estado podían ser en centros clandestinos, pero también afuera,
como ocurrió con Luisa y Griselda. "Cuando eran llevadas a otro lugar
físico o privadas de su libertad y abusadas en su propio domicilio. Lo
relevante no es el lugar donde se comete el delito, sino el ejercicio de un
determinado tipo de poder que se expresa en la acción, precisamente, el tipo de
poder característico de los crímenes contra la humanidad", concluyó.
Por
Juan Carlos Tizziani