Media
sanción de Diputados santafesinos
Amplían los alcances
de la pensión a ex presos políticos
El
objetivo es que puedan reclamarla detenidos desde el 6 de noviembre de 1974 al
10 de diciembre de 1983. La ley vigente señala como fecha de partida el 24 de
marzo de 1976.
Por
unanimidad y sin discursos, la Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción y giró en
revisión al Senado un proyecto de ley, extendiendo los beneficios de la pensión
para ex presos políticos al período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974
y el 24 de marzo de 1976. La vigente norma, la 13.298, puso como fechas límites
para reclamar el beneficio del 24 de marzo de 1976 al 10 de diciembre de 1983
fecha en que asumió la presidencia Raúl Alfonsín.
El
nuevo punto de partida es la fecha del decreto 1.368, firmado por la entonces
presidenta María Estela Martínez de Perón, por el cual instauró el estado de
sitio. “Consideramos necesario que se extiendan los beneficios previstos en la
Ley Nº 13.298, incluyendo a quienes resultaron privados de su libertad y/o sufrieron
encarcelamientos con anterioridad al Golpe de Estado de 1976. Es decir, en los
meses anteriores y preparatorios para su consumación, de modo de evitar
omisiones injustas que se encuentren reñidas con lo verdaderamente acontecido
durante la última etapa del gobierno de Isabel Perón” explicó Verónica Benas
(Pares), coautora del proyecto junto al presidente de la Cámara de Diputados,
el kirchnerista Luis Rubeo.
Además
del cambio de fecha, el proyecto votado agrega otro párrafo al primer artículo:
“Considérense comprendidos y comprendidas en este beneficio a las esposas o
esposos y concubinas o concubinos de quienes hayan sido secuestrados y/o
desaparecidos o muertos en la mencionada circunstancia, como así también
quienes hayan nacido en cautiverio o menores de edad detenidos o detenidas con
sus padres y madres”.
Se
determina que también en los nuevos casos, el monto a percibir será el
equivalente a la suma de dos veces de haber mínimo de pensión vigente en la
provincia.
El
retoque a una ley nueva
En
noviembre del año pasado, el gobernador Antonio Bonfatti promulgó la ley
13.298, iniciativa surgida de la Cámara de Diputados y que estableció “una
pensión mensual no contributiva de carácter vitalicio para aquellas personas
que acrediten que durante el período comprendido entre el 24 de marzo de 1976 y
el 10 de diciembre de 1983 se hubieren encontrado privadas de su libertad, como
consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de seguridad o de cualquier
otro grupo parapolicial y/o paramilitar, por causas políticas, gremiales o
estudiantiles; que hubiesen permanecido en prisiones legales o clandestinas de
cualquier tipo, incluyendo los centros clandestinos de detención, tortura y/o
exterminio, o sometidas a la Justicia Penal Federal o Provincial, o a tribunales
militares, o a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o condenadas por un
Consejo de Guerra. Considéranse comprendidos y comprendidas a quienes hayan
nacido en cautiverio o menores de edad detenidos o detenidas con sus padres”.
Se
determina allí que el beneficio es para personas que acrediten haber tenido
domicilio real en la provincia, al momento de la detención, y “que no resulten
beneficiarios de una prestación actual o futura de carácter nacional,
provincial o municipal, derivadas de la misma situación”, acotándose que “en
caso contrario, el beneficiario deberá optar por una de ellas”.
Más
adelante, la ley dispuso que sea la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110 la
otorgante del beneficio, aunque la solicitud se ingresa por la Secretaría de Derechos
Humanos de la provincia; dispone los requisitos a presentar; la extensión del
beneficio a los derechohabientes; la compatibilidad con el desempeño de
cualquier actividad remunerada; añade la cobertura médica de Iapos a todo el
grupo familiar y la atención presupuestaria bajo la denominación ‘Pensión para
ex presas y presos políticos’.
Benas
señala en los fundamentos que en el decreto firmado por Isabel Perón en sus
fundamentos “ya se hacía evidente la intención de la cúpula gobernante de
alentar y legitimar modos de represión ilegal asimilables al terrorismo de
Estado”. La legisladora oficialista afirmó que “es necesario que se extiendan
los beneficios previstos en la Ley Nº 13.298, incluyendo a quienes resultaron
privados de su libertad y/o sufrieron encarcelamientos con anterioridad al
Golpe de Estado de 1976. Es decir, en los meses anteriores y preparatorios para
su consumación, de modo de evitar omisiones injustas que se encuentren reñidas
con lo verdaderamente acontecido durante la última etapa del gobierno de Isabel
Perón”.
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-10-2013: Diario EL LITORAL – Santa Fe