BASE AÉREA RECONQUISTA
PROYECTO DE
COMUNICACIÓN
La Cámara de Diputados de la Provincia de
Santa Fe vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio del organismo
que corresponda, realice ante el Poder Ejecutivo Nacional las gestiones
necesarias para reconocer y señalizar como “Sitio de memoria del terrorismo de
Estado”, en función de lo previsto por la Ley Nacional N° 26.691 y el decreto
provincial 481/2013, las instalaciones de la “III Brigada Aérea (Base Aérea
Militar Reconquista-Santa Fe), de la Fuerza Aérea Argentina”, donde funcionó un
Centro Clandestino de Detención durante la última dictadura cívico – militar.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente
La Ley 26.691 declara Sitios de Memoria a
“los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y
exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión
ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta
el 10 de diciembre de 1983”. En este marco, la autoridad de aplicación es la
Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural que, a través de la
Dirección Nacional de Sitios de Memoria dependiente del Archivo Nacional de la
Memoria, debe, entre otras funciones, “garantizar la preservación, señalización
y difusión de los Sitios de Memoria”.
De acuerdo a la legislación nacional y lo
previsto en las campañas oficiales, la expresión centros clandestinos de
detención hace referencia a todas las instalaciones (comisarías, cuarteles,
unidades del servicio penitenciario, escuelas y otras propiedades públicas o privadas)
que fueron utilizadas por las fuerzas represivas del Estado para el alojamiento
de las personas privadas de su libertad de modo ilegal por razones políticas.
En nuestra provincia, el decreto 481/2013
firmado por el entonces gobernador Antonio Bonfatti, que toma como antecedentes
la mencionada ley nacional y varios proyectos ingresados en la Cámara de
Diputados que pretendían legislar sobre los sitios de la memoria en la
provincia, establece que “los sitios de
memoria, con diferentes usos y significados con relación a los hechos en ellos
ocurridos, constituyen valiosos testimonios de la historia de nuestro país”,
previendo que a través de la Secretaría
de Derechos Humanos provincial se utilice la señalización como herramienta
operativa fundamental que articulada con el Estado Nacional y los demás estados
provinciales, asuma un papel eficaz y activo de recuperación de la historia del
genocidio y de las gravísimas violaciones a los Derechos Humanos perpetrados en
nuestro país.
En este caso particular, solicitamos junto a
la Asociación Norte Amplio por los
Derechos Humanos que se proceda a la señalización
de la III Brigada de la Fuerza Aérea Argentina con sede en la ciudad de
Reconquista. Este sitio fue el mayor Centro Clandestino de Detención
del norte santafesino y el juzgamiento de las violaciones a los derechos
humanos acontecidos fueron juzgados entre 2012 y 2013 ante el Tribunal Oral
Federal de Santa Fe.
En este sitio puntual, como ocurre en cada
punto a lo largo y ancho de todo el territorio nacional, señalizar y hacer
visible la función que tuvieron estos lugares en el marco del plan sistemático
de terror y exterminio desplegado por la dictadura cívico-militar, expresa en
el espacio público la decisión del Estado democrático de dar a conocer y
condenar estos hechos para que nunca más vuelvan a repetirse.
Por estos motivos, y por sostener que los
sitios de memoria, con diferentes usos y significados con relación a los hechos
ocurridos allí, constituyen valiosos testimonios de la historia de nuestro
país, nuestra provincia y nuestra ciudad, es que solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto de comunicación.
Diputada María Laura Corgniali