Memoria, Verdad y Justicia en el Norte Santafesino

domingo, 11 de mayo de 2014

PRISION VIP ¿CONTINUAMOS?


Un represor apadrinado

¿NICKISCH EN AVELLANEDA?

¿Dónde está alojado el Comisario Nickisch? ¿Está nuevamente en la prisión vip de la Comisaría III de Avellaneda? ¿Está ganando tiempo para lograr la prisión domiciliaria? tal como lo trabajan su entorno y apoyos en la Causa "Nickisch, Carlos S/solicitar detención domiciliaria en autos número 21/10, Expte. Nº 289/13". ¿Por qué no se cumple la sentencia como ocurrió con los otros condenados?

Tras ser condenado por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, 9 meses atrás, a 18 años de prisión por delitos graves de lesa humanidad recientemente (29/4/14- P N°4422/14) fue sometido a una pericia médica en la capital provincial. De la junta médica participaron los peritos de Parte por la Fiscalía Dr. Roberto Schmuck y Dr. Oscar Pellegrini; por la Sra. Perito Médico del Poder Judicial de la Nación Dra. Mabel Padró, y por los Sres. Peritos Médicos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dra María Cristina Zazzi y Dr. Cristian Rando. No asistieron los Sres. Peritos de Parte por la Defensa, Dr. Daniel Gabbi y Dr. Manuel Fabrissin. “Se procedió a examinar a quien dijo llamarse CARLOS NICKISCH tener 69 años de edad y ser de nacionalidad argentina, a los efectos de informar sobre su estado de salud físico”. Con documental médico aportado por el Sanatorio Reconquista.



Las CONCLUSIONES MÉDICO CLÍNICAS, en un informe de 6 páginas, fueron las siguientes:

"Al momento de la evaluación CARLOS NICKISCH, se encuentra en estado de salud física estable, sin signos de descompensación aguda.

Con respecto lo preguntado acerca de si el estado físico del nombrado le impediría continuar alojado en un instituto penitenciario respondemos que el mismo presenta siguientes requerimientos:

1) controles cardiológicos con una frecuencia adecuada, para esta etapa de su evolución y en concordancia a lo indicado por el médico de cabecera.

2) administración de la medicación y régimen dietético indicados por dicha especialidad en tiempo y forma sin interrupciones de la misma.

3) mantener en el nivel mínimo posible la incidencia de factores de tensión psíquica que pudieran incidir negativamente sobre la evolución de su patología de base.

5) contar con la posibilidad de una derivación a un centro de alta complejidad con intervencionismo coronario y eventualmente cirugía cardiovascular, realizable en tiempo útil, en caso de producirse en el paciente un nuevo evento coronario agudo.

De cumplirse los requisitos arriba señalados, desde el punto de vista físico, puede continuar alojado en un instituto penitenciario.

La índole de la patología de base del examinado es dinámica y potencialmente evolutiva, pasible de eventual nueva evaluación de producirse cambios".