Memoria, Verdad y Justicia en el Norte Santafesino

lunes, 28 de diciembre de 2020

EN SEPTIEMBRE HUBO OTRA NOTA

“JAMÁS SE ARREPINTIÓ”

Santa Fe, 18 de setiembre de 2020.
Dra. Lucila Puyol
Secretaria de DDHH
Provincia de SF

    De mi mayor consideración:
    Informamos por la presente que del listado de victimas citadas en el Oficio 1034/20, del 18 de agosto de 2020, del Tribunal Oral Federal de Santa Fe, todos tienen relación con este Programa Provincial, (algunas no domiciliadas en nuestro territorio se encuentran vinculadas al Programa Nacional), requiriendo en la actualidad acompañamiento y/o tratamiento psicológico con el equipo de salud, agregamos que hay además otras víctimas de dicha Causa, vinculadas a este programa que no se encuentran en el listado enviado.
    Es importante destacar respecto de la valoración integral de riesgos, que se trata de víctimas directas del accionar del terrorismo de estado del que formaba parte el Sr. NICKISH Carlos Armando, hechos por los que fuera juzgado oportunamente, sin menosprecio de Causas en las que el mismo se encuentra imputado y que todavía no han llegado a Audiencias Orales en dicho Tribunal, tal como: Nickish, Carlos Armando, Molina Rubén, Benítez Octavio, Mulasano Juan A., Enríquez Ricardo s/privación de la libertad agravada, Expte. 94/17, Fiscalía Federal, Expte 9700/17, Juzgado Federal de Reconquista.
    Es de destacar en cuanto a la valoración integral de riesgos para sus víctimas, que el Sr. NICKISH ha sido visto con frecuencia en las inmediaciones de su domicilio (calle Gral. Obligado) cerca de la Plaza Central de Reconquista, donde además se domicilian por ser un contexto de ciudad pequeña varias de sus víctimas, algunas que incluso reitero no figuran en el listado enviado.
    Es ampliamente reconocido que los efectos traumáticos de situaciones de extrema y sostenida violencia, como implicaron los secuestros, tanto en cárceles como en centros  clandestinos de detención y exterminio, la tortura física y psíquica, los vejámenes sexuales y los tratos crueles, inhumanos y degradantes y demás perversiones llevadas adelante en el plan sistemático, constituyen efectos traumáticos difícilmente mensurables por tratarse de un daño integral y de efectos performativos, que se actualizan con crudeza ante situaciones que traen al presente nuevamente la problemática, como por ejemplo, afrontar los testimonios en sus diferentes instancias, instrucción, juicio oral, sentencia, fechas conmemorativas como el 24 de marzo, la fecha de la propia detención, encuentros casuales con sus victimarios en la vía pública.
    FERNANDO ULLOA, se refería a estos hechos denominándolos: “encerrona trágica”, enunciándolos como paradigma de la crueldad, siendo ésta “es posible cuando no existe un tercero de apelación, un tercero de la ley, que rompa esa encerrona de dos lugares: torturador y víctima”… “a las situaciones antes mencionadas, debe sumársele un sentimiento de pánico permanente, cuya magnitud no es fácil de comprender ni siquiera imaginar, pero que constituye en sí mismo un horroroso tormento que perdura más allá de la temporalidad real de los hechos concretos, y configura un dolor psíquico, muy difícil de disipar, y de posible transmisión a los herederos de quienes padecen estas secuelas”.
Comisario NICKISCH

    Los procesos de MEMORIA, VERDAD y JUSTICIA con la sustanciación de los Juicios han sido un aporte reparador tanto social, como singularmente, resituando la legalidad simbólica, la terceridad de apelación, allí donde la crueldad la degradó a límites inimaginables, al punto de lesionar la conciencia de la humanidad toda.
Ante la circulación de la noticia de la posible libertad del condenado NICKISH Carlos Armando, la situación emocional y de salud integral de cada una de sus víctimas ha visto agudizado su cortejo sintomático, representando esto una actualización eficiente de los hechos traumáticos por los cuales fuera juzgado el reo, por su rol activo determinante en dichos autos.
    Esto se evidencia particularmente agravado en relación a víctimas que viven en cercanías del represor en cuestión, quien en las distintas instancias procesales, jamás demostró actitudes de arrepentimiento alguno.
Imaginemos con este último dato, la significación y el peso de actualización del trauma en cada una de sus víctimas que manifiestan el temor y terror de la posibilidad de un casual encuentro en situación de calle, siendo que como se ha dicho, algunas viven en cercanías de su domicilio.
    Es idea de este equipo de trabajo, que son posibilidades altamente probables y de efectos impredecibles. Este Tribunal no puede desconocer que más allá de lo azaroso, es muy probable que el mismo busque provocar este tipo de situaciones con las consecuencias que puede esto conllevar.
    Además de aquello que el Tribunal ya observó de lo que aquí enunciamos durante el transcurso de los Juicios, consideramos de importancia se tome en cuenta el valor de lo aportado en este informe con fundamentos del campo de la salud mental para la situación procesal que corresponda.
    Sin otro particular, en nombre del equipo de salud del Programa de Protección y Acompañamiento a Testigos y Querellantes en los Juicios contra el terrorismo de estado, les saludo cordialmente quedando a vuestra disposición.
 Dr. OSCAR PELLEGRINI
Programa Protección de Testigos
Coordinador Ministerio Salud Santa Fe
El médico psiquiatra Dr. PELLEGRINI (izquierda) en una de sus visitas 
a Reconquista. A su lado el ambientalista JOSÉ SANZERI.
Postura contundente 
ante la intención de la Justicia
de liberar antes de 
tiempo a un represor condenado
de nuestra zona.

Varias víctimas también rechazaron ante el Tribunal
esa posibilidad, patrocinadas por el abogado Dr. BORDÓN.
La nota del PPTestigos sumó a aquel rechazo