LESA HUMANIDAD: condenado por abusos sexuales
RECHAZO a la libertad
del represor
El
Tribunal Oral de Santa Fe rechazó la libertad condicional de uno de los jefes
de la patota que operaba en la III Brigada Aérea de Reconquista condenado a 18
años de prisión por secuestros, torturas y violación sexual agravada a una
joven de 23 años, madre de dos niños y embarazada del tercero, y a su hermana
de 16, en 1977, entre otros delitos aberrantes. Se trata del comisario Carlos
Nickisch, el primer represor juzgado y sentenciado por violencia sexual como
crimen de lesa humanidad en la provincia, en 2013, por un Tribunal que ya en
2010 abrió el camino en la Argentina para juzgar los ataques a la integridad
sexual como parte del plan sistemático. La pena de 18 años que Nickisch cumple
en prisión domiciliaria vencerá el 19 de setiembre de 2026 y, según la defensa,
el requisito para acceder a la condicional ya lo cumplió el 18 de setiembre de
2010. Sin embargo, el Tribunal rechazó el pedido para dejarlo libre, al
coincidir con el fiscal Martín Suárez Faisal y todas las víctimas, entre ellas
las hermanas abusadas. El interrogante es -si en estos años- el represor
adquirió la “capacidad de respetar la ley” y comprender “la gravedad de sus
actos” y "la sanción impuesta”, como paso previo para salir a la calle. La
respuesta es no. “Nickisch no ha podido transitar ninguna de las etapas del
régimen penitenciario que permita afirmar que la readaptación y resocialización
haya sido exitosa para dejarlo en libertad”, resolvió el Tribunal.
La
defensa pidió la libertad condicional de Nickisch el 4 de abril 2020, cinco
meses antes de que esté en condiciones de acceder al beneficio. Suárez Faisal
solicitó entonces al Tribunal que antes de resolver el incidente requiera al
Programa de Protección a Testigo una “evaluación de riesgos” y consulte la
opinión de las víctimas que son diez: Alejandro Córdoba, Juan Carlos Domínguez,
Edén Sandrigo, Víctor González, Adolfo Maggio, Rubén Maulín, Osvaldo Marcón,
Luis Alberto Prez, Raúl Pinto y las hermanas Luisa y Griselda Pratto. “La
presencia de un genocida en las calles representa un peligro inminente, tanto
para nosotros, como para la sociedad”, fue una de las respuestas.
Después
de recibir los informes, el Tribunal corrió vista al fiscal que dictaminó el 5
de mayo. “La pena privativa de libertad -en todas sus modalidades- tiene por
finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar la ley” y
“comprender la gravedad de sus actos” y “la sanción impuesta”, dijo Suárez
Faisal. Lo que se procura es la “reinserción social”, por lo tanto la “libertad
condicional es la última etapa” de ese aprendizaje, que se transita en la
calle. Un logro: el “beneficio de gozar de la libertad”.
"Nickisch
fue condenado a 18 años de prisión por numerosos delitos de lesa humanidad:
privación ilegal de la libertad y tormentos agravados, vejaciones y violación
agravada”,
recordó el fiscal. “Y si bien se benefició con la prisión domiciliaria, no
ha podido transitar ninguna de las etapas del régimen de ejecución penal”,
que le permitan alcanzar el “objetivo” de quedar libre.
Todos
los consultados rechazaron esa libertad anticipada de Nickisch: la Dirección
Provincial de Memoria, Verdad y Justicia, el PROGRAMA DE PROTECCIÓN DE TESTIGOS y las víctimas, en especial aquellas que “sufrieron ataques contra la
integridad sexual y pusieron especial énfasis en los problemas de salud que
padecen hasta hoy por el accionar de su victimario”.
“Si
bien los hechos ocurrieron hace más de 40 años, las profundas cicatrices que ha
dejado la última dictadura cívico militar en las víctimas permanecen
imborrables”.
Y eso “se acrecienta aún más en el caso de las mujeres que fueron víctimas
de delitos sexuales cometidos por agentes estatales, que se mantuvieron al margen
de la ley por muchísimo tiempo, como ocurrió en este caso”, agregó.
Incluso,
el testimonio de la adolescente de 16 años que acusó a Nickisch en el juicio de
2013 es citado en el “informe de riesgos” que solicitó el Tribunal. La joven
pudo salir del centro clandestino de la III Brigada Aérea donde la habían
esclavizado, pero después sufrió la "constante persecución, amenazas y
abusos sexuales del condenado”.
“Concederle
la libertad anticipada a Nickisch sin tener un pronóstico concreto y certero de
su resocialización por delitos de extrema gravedad, contribuiría necesariamente
a que se generen situaciones revictimizantes para aquellas personas que sufren
hasta el día de hoy las consecuencias” de sus crímenes. “Más, si tenemos en
cuenta” que el represor cumple su condena en la casa “cerca de los domicilios
de la mayoría de las víctimas que se han manifestado en contra del beneficio
solicitado”, concluyó Suárez Faisal.
El
Tribunal resolvió en la misma línea: rechazó la libertad condicional de
Nickisch, en una resolución del juez de ejecución penal, Luciano Lauría.
Juan Carlos Tizziani -Rosario12